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COMUNICADO20/03/2020

Coronavirus: Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

DNU 297/20

Bolívar, 20 de marzo de 2020.-

 

 

 COMUNICADO

 

 

CORONAVIRUS: AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO 

DNU 297/2020 

 

 

 

Tenemos el agrado de dirigirnos a Ud. en nuestro carácter de integrantes del Consejo de Administración de la Cooperativa Eléctrica de Bolívar Ltda. y en el marco del DNU 297/20 por el cual se dispone el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año, a fin de informar sobre cómo será la atención de los usuarios y asociados de la Cooperativa Eléctrica de Bolívar.

 

En este contexto, la normativa ha exceptuado del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, a las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.  

 

“Artículo 6º: “Quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, según se detalla a

continuación, y sus desplazamientos deberán limitarse al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios: 

 

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

 

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.”

 

Por tal motivo, la prestación de los distintos servicios a cargo de la Cooperativa Eléctrica se efectuará de la siguiente forma:

 

 

 

1)OFICINA COMERCIAL Y ADMINISTRATIVA

 

Atento lo mencionado anteriormente, se ha resuelto el cierre de las oficinas comerciales y administrativas hasta el 31 de marzo del corriente año.  

 

Por tanto, los usuarios que deseen abonar las facturas de suministro eléctrico lo podrán realizar mediante los siguientes medios de pago:

 

  • Red Link (Código Electrónico de Pagos)

Tiempo Límite: Hasta 15 días después de la fecha de vencimiento de la factura.

 

  • Red Banelco

Tiempo Límite: Hasta el día de vencimiento de la factura

 

  • Transferencia Bancaria (Home Banking / Cajero Automático)

CBU: 0140327301673400234211

CUIT: 30-54568785-9

BANCO PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SUCURSAL: 6734 – BOLIVAR

CUENTA Nº 2342/1

 

 

2)SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA (GUARDIA)

 

Solo se atenderán reclamos por desperfectos y/o falta de suministro eléctrico a través del servicio permanente de guardia, comunicándose al teléfono de atención al usuario: 

 

0800-333-4615.

 

LA ATENCIÓN AL USUARIO SERÁ ÚNICAMENTE EN FORMA TELEFÓNICA.

 

 

3)SERVICIOS SOCIALES (CASA VELATORIA)

 

El personal de servicios sociales estará atendiendo únicamente mediante una guardia permanente.

 

La atención a los asociados se realizará exclusivamente en forma telefónica al número:

 

02314-15627000

 

IMPORTANTE: El servicio de sepelio comprenderá UNICAMENTE la inhumación y/o cremación SIN ACOMPAÑAMIENTO DE FAMILIARES

 

 

Sin otro particular, recordando la importancia de que en estas situaciones difíciles debemos apelar a los valores cooperativos de SOLIDARIDAD y la AYUDA MUTUA, hacemos propicia la oportunidad para saludarlos atentamente. 

 

 

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN